X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA

Las grandes empresas con beneficios pagarán el paro de los despedidos de más de 50 años

27/04/2011 La ley de reforma laboral incluye controles a los ERE de las compañías con más de 500 empleados para evitar abusos, especialmente en los casos de los mayores de 50 años

MADRID (EFECOM). Las empresas de más de 500 trabajadores con beneficios que acometan un expediente de regulación de empleo (ERE) que afecte al menos a un centenar de empleados entre los que haya mayores de 50 años deberán pagar una parte del subsidio por desempleo de los afectados que superen esa edad. Así consta en una enmienda que el grupo parlamentario socialista ha añadido, mediante una disposición final nueva, al proyecto de ley que reforma las políticas activas de empleo, y que se corresponde con lo avanzado por el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez.

La semana pasada, Gómez confirmó que el Gobierno acometería cuanto antes un cambio legislativo para que las grandes empresas con beneficios asumieran el paro de los trabajadores de mayor edad afectados por despidos colectivos, después de que Telefónica anunciara un ajuste del 20% de su plantilla en España en tres años.

De acuerdo con la enmienda del PSOE, las empresas que hubieran tenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a la autorización de un ERE -y aún concurriendo las causas económicas, técnicas organizativa o de producción que lo justifiquen- tendrán que hacer "una aportación económica al Tesoro Público".

Para la aportación económica se tendrá en consideración el importe de las prestaciones y subsidios por desempleo de los trabajadores de más de 50 años afectados por el ERE, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal durante el tiempo en que estos trabajadores estén en desempleo.

El importe de la aportación se determinará según una escala, que el texto no detalla y que se concretará reglamentariamente, pero que estará en función del número total de trabajadores de la empresa, del número de empleados de 50 años o más afectados por el ERE y de los beneficios de la empresa.

Las empresas que formen parte de un grupo de empresas que emplee a más de 500 trabajadores también estarán obligadas a hacer esta aportación económica. Estarán exentas aquellas compañías que en el plazo de tres meses desde la extinción de los contratos de trabajo recoloquen en la misma empresa, en otra (empresa) del grupo o en cualquier otra a los trabajadores de más de 50 años afectados. La aportación económica se destinará total o parcialmente a la financiación de políticas activas de empleo de los trabajadores de más edad.

 

Comparte esta noticia

comentarios

Actualmente no hay comentarios para esta noticia.

Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad