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en un juzgado de nules

El juez imputa a siete personas más de Cierval y la CEC por presunto fraude en cursos de formación

VALENCIAPLAZA.COM. 15/09/2015 Rafael Montero, secretario general de la patronal autonómica cuando se produjeron los hechos denunciados, está entre los nuevos imputados

CASTELLÓN (EP). El juzgado de instrucción número 1 de Nules (Castellón) ha imputado a siete personas más en la causa por supuestas ilegalidades en la gestión de fondos de formación en Castellón, que deberán declarar el próximo 16 de octubre, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Entre los nuevos imputados se encuentra el actual secretario general de la Confederación de Empresarios de Castellón (CEC), Rafael Montero Gomis, quien era secretario general de la Cierval en el momento en el que se produjeron los hechos investigados. Además, también han sido llamados a declarar en calidad de imputados Elodia Salvador, Elodia Benedito, José Antonio Espejo Pérez, y los representantes legales de L.R. Centro de Oficios La Vall S.L., Restaurante El Palay de La Vall S.L. y CFAL, C.B.

Además, el juez ha citado como testigos a cuatro personas que tendrán que comparecer el 16 de octubre y ha acordado solicitar a una entidad bancaria información sobre una determinada cuenta -titulares, autorizados, extracto de movimientos, fecha de apertura y, en su caso, cierre-.

Estos imputados se unen a los tres que declararon este lunes en el juzgado: el presidente de la CEC, José Roca; un director de formación y un representante de Cierval y un cuarto que no acudió porque no fue localizado.

El juzgado mantiene abierta una causa desde primeros de julio como consecuencia de una denuncia presentada por la Fiscalía contra dos mercantiles, la Confederación de Empresarios de Castellón y la patronal Cierval, en relación con un presunto fraude de subvenciones.

Según informó entonces el TSJCV, la denuncia está relacionada con un delito contra la Hacienda Pública, en la modalidad de fraude de subvenciones del artículo 308 del Código Penal, y otro continuado de falsedad documental del artículo 392 en relación con el artículo 390 del Código Penal, este último por las facturas presentadas a modo de justificación del destino de los fondos obtenidos.

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